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Que pensais del aborto ?
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YONKOTROTER:
es que es como todo es 1 delito i ai que atenerse alas consecuencias , para eso stan las anticonceptivos , las pastillas del dia despues i todas esas cosas , que si que pueden fallar i todo eso ,cada caso abria que analizarlo bien , pero yo estoi en contra de legalizar el aborto pasado 2 semanas .....

va os voi a poner lo que dice textualmente el codigo penal " asin estudio 1 pko "

textualmente

derechos fundamentales relacionados con la vida

la garantia de derecho ala vida abarca desde el momento de la concepcion de la persona hasta la muerte .
el 1 corresponde ala garantia de la vida del que todavia no ha nacido , es decir la concepcion asta su nacimientos " concepcion es feto "
mientras que el otro como es obvio es ala persona ya nacida ...


ante tales casos el tribunal constitucional estable los siguientes casos en los que el feto no goza del derecho ala vida

a : caso de que exista 1 grave peligro para la vida o la salud fisica o psiquica de la madre
b : caso de que el embarazo sea consecuencia de 1 delito de violancion
c : caso de qse presuma de que el  feto va a nacer con graves problemas fisicos o psicquicos ..

la penas de carcel  no las se pero seran me parece ami que de homicidio o asesinato .......

homicidio no responsable con sus actos
asesinato ir a 1 clinica  A abortar



diyei jarbit:
¿Mande?

En primer lugar, el nasciturus no se considera una persona en los términos señalados por Ley, sino que el derecho positivo (la jurisprudencia del TC, de hecho) establece que debe protegerse como un bien jurídico superior pero no equiparable a lo dispuesto en el artículo 15 CE (es decir, el derecho a la vida). No sé de dónde has sacado esa doctrina constitucional, pero española no debe ser...

En segundo lugar, es el Código Penal es que establece la penalización del aborto y el que, a su vez, remite a otra Ley para despenalizar determinados supuestos (los que has puesto tú y los que puse yo citando la Ley concreta páginas atrás). No hay ningún precepto constitucional que hable explícitamente del feto... y, en todo caso, el legislador no "quita al feto el derecho a la vida", sino que pondera entre el mal que se evita y el bien que se genera; es decir, centra su mirada tanto en la madre como en el niño.

En todo caso, abortar, según el Código Penal, está dispuesto en otro título distinto al de homicidio... y las penas son infinitamente menores. No puede ser un homicidio y mucho menos un asesinato.

En fin... yo no sé de dónde has sacado eso.

PD: darkgabber, tienes razón en que un tercero (el feto) no tiene porque pagar la irresponsabilidad de quien lo engendra, pero eliminándolo estás causando un daño mayor que permitir que nazca. Yo prefiero una vida dura o difícil a no nacer... Y esa es la ponderación de la que hablo.
YONKOTROTER:
yo e copiado textualmente lo que pone en mi libro de juridica .....

estoi estudiando para vigilante de seguridad , i tenemos 1 libro expecifico ....

nose que significa nasciturus , i no comprendo el 1 parrafo ...

capitulo 1 del codigo penall : derechos fundamentales relacionados con la vida , la libertad i la seguridad de las personas

articulo 15 de la constitucion española me parece k biene ....

no  se si abra 1 ley pero si k abra 1 articulo como e dixo anteriormente , no tengo el codigo penal original pero vamos lo que puesto es para k lo entiendan todos correctamente i es lo que marca la ley sin + ......
otra cosa es meternos en tecnicismos , vamos yo ablo en genaral i para que la gente lo entienda que es lo   que pone en el libro ......

opino que lo que he puesto esta bien   ;)

las penas como e dicho no las sabia , pense que tbm podriamos hablar de asesinato , en este caso seria homicido sin + , i
diyei jarbit:
Yo estudio segundo de Derecho y esto que te he dicho lo puedes leer textualmente en muchas Sentencias del Tribunal Constitucional. Lo que te he dicho lo he estudiado específicamente tanto en Derecho Constitucional como en Derecho Penal, así que créeme, si el libro del que estudias dice eso... valientes barbaridades os están enseñando.

El nasciturus es el no nato, el no concebido, es decir, el feto. Y creo que he dicho que el artículo 15 CE no procede en este caso, el feto no es una persona todavía, digo más, según el artículo 3.1 del Código Civil no se es persona a efectos legales hasta transcurridas 24 horas desde el nacimiento (por cuestiones de viabilidad), así que explícamente como va a tene derechos subjetivos un no nato...

Y repito, NO ES HOMICIDIO. Joder, léete el Código Penal. Hay un título dedicado al homicio y otro subsiguiente que se ocuoa del aborto, no puede equipararse, es un error conceptual grave ese (aunque para los católicos sí que sea un asesinato).
YONKOTROTER:
amigo me exprese mal , bueno e confundido terminos ...

digo  k ante tales situaciones el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL establece los casos en los que el feto NO goza del derecho ala vida que garantiza el articulo 15 ...

ste libro biene muy pko de este tema , lo que escrito solamente , por eso lo he puesto xk pensaba k era asin  , pero lo k e puesto no es ninguna barbaridad , es de sentido comun creo yo ...

vale k no sea homicidio aki es lo que pone .... PERO ES DELITO PENAL O TAMPOKO ???
por mi parte ya no kiero saber nada + ya estoi bastante informado , pero gracias x la aclaracion  ;)
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