| Miscelánea > OFF-TOPIC |
| Nuevas leyes a debate |
| << < (5/13) > >> |
| pajarito:
--- Cita de: (¯`·._.·[$ÅNЮ¥Kå]·. _.· en 27/10/10, 14:35:35 pm --- Lo q no se exactamente cuando se dicta como falta un homicidio :S jarbit explícamelo xfa XD --- Fin de la cita --- fuente? |
| Deejay Nero:
--- Cita de: pajarito en 27/10/10, 18:10:33 pm --- --- Cita de: diyei jarbit en 27/10/10, 16:14:03 pm --- --- Cita de: pajarito en 27/10/10, 15:31:00 pm ---desde que la modificación del articulo 31 bis del codigo penal permite a las personas juridicas ser responsables de los delitos (y no sólo a las personas físicas), puedes esperarte lo que sea (LO 5/2010) --- Fin de la cita --- ¿Qué problema hay en esta modificación del Código Penal? Se pena a las empresas desde hace décadas tanto en Alemania como en Italia y no se deja al libre arbitrio del juez imponer penas accesorias a la sociedad como hasta antes de esa modificación (art. 129 CP). Ahora se van a poder aplicar sanciones de manera obligatoria a aquellas sociedades que a través de sus representantes actúen ilegalmente. Gracias al delinquere societas non potest, muchas empresas habían continuado delinquiendo tras sentenciar a los empresarios que las manejaban en este país. A mí me parece bien esta reforma. Y la verdad, no sé qué tiene que ver con tráfico y tampoco sé qué tiene de sorprendente xD --- Fin de la cita --- a una empresa no la puedes meter en la carcel. hay que meter en la carcel al responsable del delito, y dejar que la empresa (no el empresario) siga operando para no destruir puestos de trabajo. --- Fin de la cita --- Se habla de empresa como persona jurídica y si se puede juzgar, evidentemente cayendo el peso de la ley sobre el empresario, jefe o lo que sea, pero si el delito es grave se puede cerrar perfectamente dicha empresa. |
| (¯`·._.·[$ÅNЮ¥Kå]·. _.·:
--- Cita de: pajarito en 27/10/10, 18:11:50 pm --- --- Cita de: (¯`·._.·[$ÅNЮ¥Kå]·. _.· en 27/10/10, 14:35:35 pm --- Lo q no se exactamente cuando se dicta como falta un homicidio :S jarbit explícamelo xfa XD --- Fin de la cita --- fuente? --- Fin de la cita --- Lo dijo la profe de penal especial el lunes en clase y me quedé O_O [pipol] |
| diyei jarbit:
--- Cita de: pajarito en 27/10/10, 18:10:33 pm --- --- Cita de: diyei jarbit en 27/10/10, 16:14:03 pm --- --- Cita de: pajarito en 27/10/10, 15:31:00 pm ---desde que la modificación del articulo 31 bis del codigo penal permite a las personas juridicas ser responsables de los delitos (y no sólo a las personas físicas), puedes esperarte lo que sea (LO 5/2010) --- Fin de la cita --- ¿Qué problema hay en esta modificación del Código Penal? Se pena a las empresas desde hace décadas tanto en Alemania como en Italia y no se deja al libre arbitrio del juez imponer penas accesorias a la sociedad como hasta antes de esa modificación (art. 129 CP). Ahora se van a poder aplicar sanciones de manera obligatoria a aquellas sociedades que a través de sus representantes actúen ilegalmente. Gracias al delinquere societas non potest, muchas empresas habían continuado delinquiendo tras sentenciar a los empresarios que las manejaban en este país. A mí me parece bien esta reforma. Y la verdad, no sé qué tiene que ver con tráfico y tampoco sé qué tiene de sorprendente xD --- Fin de la cita --- a una empresa no la puedes meter en la carcel. hay que meter en la carcel al responsable del delito, y dejar que la empresa (no el empresario) siga operando para no destruir puestos de trabajo. --- Fin de la cita --- ¿Quién ha hablado de cárcel? El problema es que antes se imponían eventualmente medidas cautelares como la suspensión de la actividad empresarial o el cierre, y ahora es una OBLIGACIÓN, no una POTESTAD del juez. Ahí radica la diferencia. |
| pajarito:
--- Cita de: Deejay Nero en 27/10/10, 20:02:14 pm --- --- Cita de: pajarito en 27/10/10, 18:10:33 pm --- --- Cita de: diyei jarbit en 27/10/10, 16:14:03 pm --- --- Cita de: pajarito en 27/10/10, 15:31:00 pm ---desde que la modificación del articulo 31 bis del codigo penal permite a las personas juridicas ser responsables de los delitos (y no sólo a las personas físicas), puedes esperarte lo que sea (LO 5/2010) --- Fin de la cita --- ¿Qué problema hay en esta modificación del Código Penal? Se pena a las empresas desde hace décadas tanto en Alemania como en Italia y no se deja al libre arbitrio del juez imponer penas accesorias a la sociedad como hasta antes de esa modificación (art. 129 CP). Ahora se van a poder aplicar sanciones de manera obligatoria a aquellas sociedades que a través de sus representantes actúen ilegalmente. Gracias al delinquere societas non potest, muchas empresas habían continuado delinquiendo tras sentenciar a los empresarios que las manejaban en este país. A mí me parece bien esta reforma. Y la verdad, no sé qué tiene que ver con tráfico y tampoco sé qué tiene de sorprendente xD --- Fin de la cita --- a una empresa no la puedes meter en la carcel. hay que meter en la carcel al responsable del delito, y dejar que la empresa (no el empresario) siga operando para no destruir puestos de trabajo. --- Fin de la cita --- Se habla de empresa como persona jurídica y si se puede juzgar, evidentemente cayendo el peso de la ley sobre el empresario, jefe o lo que sea, pero si el delito es grave se puede cerrar perfectamente dicha empresa. --- Fin de la cita --- entonces terminan pagando justos por pecadores. y eso, es una aberración. |
| Navegación |
| Índice de Mensajes |
| Página Siguiente |
| Página Anterior |