| Miscelánea > OFF-TOPIC |
| Nuevas leyes a debate |
| << < (6/13) > >> |
| (¯`·._.·[$ÅNЮ¥Kå]·. _.·:
--- Cita de: pajarito en 28/10/10, 08:40:48 am --- --- Cita de: Deejay Nero en 27/10/10, 20:02:14 pm --- --- Cita de: pajarito en 27/10/10, 18:10:33 pm --- --- Cita de: diyei jarbit en 27/10/10, 16:14:03 pm --- --- Cita de: pajarito en 27/10/10, 15:31:00 pm ---desde que la modificación del articulo 31 bis del codigo penal permite a las personas juridicas ser responsables de los delitos (y no sólo a las personas físicas), puedes esperarte lo que sea (LO 5/2010) --- Fin de la cita --- ¿Qué problema hay en esta modificación del Código Penal? Se pena a las empresas desde hace décadas tanto en Alemania como en Italia y no se deja al libre arbitrio del juez imponer penas accesorias a la sociedad como hasta antes de esa modificación (art. 129 CP). Ahora se van a poder aplicar sanciones de manera obligatoria a aquellas sociedades que a través de sus representantes actúen ilegalmente. Gracias al delinquere societas non potest, muchas empresas habían continuado delinquiendo tras sentenciar a los empresarios que las manejaban en este país. A mí me parece bien esta reforma. Y la verdad, no sé qué tiene que ver con tráfico y tampoco sé qué tiene de sorprendente xD --- Fin de la cita --- a una empresa no la puedes meter en la carcel. hay que meter en la carcel al responsable del delito, y dejar que la empresa (no el empresario) siga operando para no destruir puestos de trabajo. --- Fin de la cita --- Se habla de empresa como persona jurídica y si se puede juzgar, evidentemente cayendo el peso de la ley sobre el empresario, jefe o lo que sea, pero si el delito es grave se puede cerrar perfectamente dicha empresa. --- Fin de la cita --- entonces terminan pagando justos por pecadores. y eso, es una aberración. --- Fin de la cita --- Bueno, también lo es q un cura viole durante X años a críos de 10 años y q en vez de meterlo en la cárcel, le "condenen" a pagar una multa de 30mil euros |
| diyei jarbit:
Si una empresa está contaminando un río y, además de condenar a sus dirigentes, cierran la sociedad, no están pagando justos por pecadores, sino que se esté evitando la continuidad de esa actividad delictiva. No es una aberración, es ser consecuente con el ordenamiento jurídico. Además, a los trabajadores no se les exigirán responsabilidades penales, sino que perderán su empleo y tendrán derecho a una indemnización a costa de la masa social, así que el daño tampoco es tan grande. |
| diyei jarbit:
--- Cita de: (¯`·._.·[$ÅNЮ¥Kå]·. _.· en 27/10/10, 20:28:50 pm --- --- Cita de: pajarito en 27/10/10, 18:11:50 pm --- --- Cita de: (¯`·._.·[$ÅNЮ¥Kå]·. _.· en 27/10/10, 14:35:35 pm --- Lo q no se exactamente cuando se dicta como falta un homicidio :S jarbit explícamelo xfa XD --- Fin de la cita --- fuente? --- Fin de la cita --- Lo dijo la profe de penal especial el lunes en clase y me quedé O_O [pipol] --- Fin de la cita --- --- Cita de: diyei jarbit en 27/10/10, 16:00:45 pm --- --- Cita de: (¯`·._.·[$ÅNЮ¥Kå]·. _.· en 27/10/10, 14:35:35 pm ---Lo q no se exactamente cuando se dicta como falta un homicidio :S jarbit explícamelo xfa XD --- Fin de la cita --- La diferencia de aprecíación entre la falta y el delito de homicidio imprudente es la gravedad de la propia imprudencia. El deber de cuidado que ha sido quebrantado puede modularse en función de la responsabilidad objetiva del homicida tanto en los medios como en el resultado del delito. Normalmente se suele apreciar falta de homicidio cuando tiene más peso las fortuitas circunstancias a la actuación efectiva del homicida. Vamos, es la diferencia entre imprudencia grave e imprudencia leve. --- Fin de la cita --- Lo expliqué ayer y no me parece injusto ni una barbaridad. Si tú te tropiezas con una maceta en tu balcón y ésta se cae con la mala fortuna de abrirle la cabeza a un transeunte que paseaba por la calle, lo lógico es no apreciar imprudencia grave, sino leve, y castigar por una falta. No siempre que hay un cadáver se tiene que castigar de manera suprema, siempre hay que modular la responsabilidad real del homicida. |
| Deejay Nero:
--- Cita de: pajarito en 28/10/10, 08:40:48 am --- --- Cita de: Deejay Nero en 27/10/10, 20:02:14 pm --- --- Cita de: pajarito en 27/10/10, 18:10:33 pm --- --- Cita de: diyei jarbit en 27/10/10, 16:14:03 pm --- --- Cita de: pajarito en 27/10/10, 15:31:00 pm ---desde que la modificación del articulo 31 bis del codigo penal permite a las personas juridicas ser responsables de los delitos (y no sólo a las personas físicas), puedes esperarte lo que sea (LO 5/2010) --- Fin de la cita --- ¿Qué problema hay en esta modificación del Código Penal? Se pena a las empresas desde hace décadas tanto en Alemania como en Italia y no se deja al libre arbitrio del juez imponer penas accesorias a la sociedad como hasta antes de esa modificación (art. 129 CP). Ahora se van a poder aplicar sanciones de manera obligatoria a aquellas sociedades que a través de sus representantes actúen ilegalmente. Gracias al delinquere societas non potest, muchas empresas habían continuado delinquiendo tras sentenciar a los empresarios que las manejaban en este país. A mí me parece bien esta reforma. Y la verdad, no sé qué tiene que ver con tráfico y tampoco sé qué tiene de sorprendente xD --- Fin de la cita --- a una empresa no la puedes meter en la carcel. hay que meter en la carcel al responsable del delito, y dejar que la empresa (no el empresario) siga operando para no destruir puestos de trabajo. --- Fin de la cita --- Se habla de empresa como persona jurídica y si se puede juzgar, evidentemente cayendo el peso de la ley sobre el empresario, jefe o lo que sea, pero si el delito es grave se puede cerrar perfectamente dicha empresa. --- Fin de la cita --- entonces terminan pagando justos por pecadores. y eso, es una aberración. --- Fin de la cita --- Y en que leyes no pasa eso alguna vez? xD. Cuando sea Mosso intentaré hacerlo lo mejor que pueda ;D xDD |
| pajarito:
--- Cita de: (¯`·._.·[$ÅNЮ¥Kå]·. _.· en 27/10/10, 20:28:50 pm --- --- Cita de: pajarito en 27/10/10, 18:11:50 pm --- --- Cita de: (¯`·._.·[$ÅNЮ¥Kå]·. _.· en 27/10/10, 14:35:35 pm --- Lo q no se exactamente cuando se dicta como falta un homicidio :S jarbit explícamelo xfa XD --- Fin de la cita --- fuente? --- Fin de la cita --- Lo dijo la profe de penal especial el lunes en clase y me quedé O_O [pipol] --- Fin de la cita --- pasame LO y artículo. porque no logro encontrarlo. |
| Navegación |
| Índice de Mensajes |
| Página Siguiente |
| Página Anterior |