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¿Cuántos Maquineros universitarios hay?
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aCiDa:
Discrepo xd no creo q haya que saberse una ley de MEMORIA para poder analizarla y comprenderla a la exactitud, es que no tiene nada q ver :S. Tu puedes saber el contenido de una ley, saber interpretarla y no por ello es necesario que te aprendas el tenor literal al milimetro. Lo siento, pero no estoy de acuerdo :/ la memoria dura lo que dura, después del examen pregunta a los alumnos... mm.. dos semanas después, a ver quien se acuerda como estaba redactado el texto. Yo prefiero centrar mi estudio en comprender la ley, entender a que se refiere, y no estarme 4 horas para aprenderme de memoria donde se localiza un articulo determinado, o como esta redactado ese articulo. Bullshit

CHINO:

--- Cita de: aCiDa en 04/06/09, 15:27:22 pm ---Discrepo xd no creo q haya que saberse una ley de MEMORIA para poder analizarla y comprenderla a la exactitud, es que no tiene nada q ver :S. Tu puedes saber el contenido de una ley, saber interpretarla y no por ello es necesario que te aprendas el tenor literal al milimetro. Lo siento, pero no estoy de acuerdo :/ la memoria dura lo que dura, después del examen pregunta a los alumnos... mm.. dos semanas después, a ver quien se acuerda como estaba redactado el texto. Yo prefiero centrar mi estudio en comprender la ley, entender a que se refiere, y no estarme 4 horas para aprenderme de memoria donde se localiza un articulo determinado, o como esta redactado ese articulo. Bullshit



--- Fin de la cita ---
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Pingüinillos recién licenciados no, pero notarios y jueces ya te digo yo que sí.
tHe HaRdCoRiAn:
Yo hablo de fórmulas, y según cuáles, simplemente es saber si es la formula de la normal o de la desviación. Es tan de aplicación directa, que me pareció tonto aprenderlas.

Además, es de las cosas que menos relación tienen con mi carrera, así que no me preocupa demasiado.
Retvul:

--- Cita de: CHINO en 04/06/09, 15:28:47 pm ---
--- Cita de: aCiDa en 04/06/09, 15:27:22 pm ---Discrepo xd no creo q haya que saberse una ley de MEMORIA para poder analizarla y comprenderla a la exactitud, es que no tiene nada q ver :S. Tu puedes saber el contenido de una ley, saber interpretarla y no por ello es necesario que te aprendas el tenor literal al milimetro. Lo siento, pero no estoy de acuerdo :/ la memoria dura lo que dura, después del examen pregunta a los alumnos... mm.. dos semanas después, a ver quien se acuerda como estaba redactado el texto. Yo prefiero centrar mi estudio en comprender la ley, entender a que se refiere, y no estarme 4 horas para aprenderme de memoria donde se localiza un articulo determinado, o como esta redactado ese articulo. Bullshit



--- Fin de la cita ---
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Pingüinillos recién licenciados no, pero notarios y jueces ya te digo yo que sí.

--- Fin de la cita ---

nadie se sabe de memoria ningún texto legal, no al milimetro. Si trabajas mucho una rama juridica concreta pues si, sabrás que tal artículo de tal código contempla X elemento. Pero como dice acida, lo importante no es aprenderte de memoria tomos y mas tomos sobre legislacion y jurisprudencia sino entender las leyes que te entran en el exámen y sobretodo tener la capacidad de aplicarlas a los casos que te puedan plantear, o tener recursos para desarrollar el tema que te marquen.

Yo no me sé de memoria ningún artículo del código penal o de la ley de enjuiciamiento criminal (por poner un par de ejemplos) y sin embargo sé como están estructurados, cuales son los rasgos específicos de cada uno en materia de derecho comparado y como se aplican la mayoria de los supuestos especiales. Y hace un año que terminé la carrera, si se me plantease alguna duda al respecto tendria que tirar de libros.


PD. pocos jueces o notarios debes conocer tu  :embarassed:
diyei jarbit:

--- Cita de: aCiDa en 04/06/09, 15:16:00 pm ---Una cosa es q tengas conocimientos en profundidad, q sepas que un mismo derecho puede comprender una serie de derechos, sus vertientes (negativa/positiva), los problemas constitucionales que pueden acarrear y otra muy distinta es aprenderte el texto de forma literal.
A dios gracias q la mayoría de los profesores no te lo exigen, pero aún queda algun carca de la vieja escuela que te jode la vida. Por no hablar de las oposiciones a judicatura, secretario judicial, etc... donde te hacen cantar los temas. Me parece de vergüenza q se siga esa sistemática, así creamos los estudiantes que creamos, loros que se quedan en un estudio memorístico sin entrar en una faceta crítica y pormenoriza del estudio.

--- Fin de la cita ---

Completamente de acuerdo. Yo tengo memorizados muchos artículos que son los más recurrentes, utilizados e importantes, pero conozco su contenido esencial, no su transcripción literal. Aprenderse de carrerilla la letra de la Ley no vale para nada; conocer sus artículos más importante, su contenido, y sus problemas, como dice aCIDa, sí. Yo todavía no me he topado con un profesor que nos haga aprendernos los artículos de memoria, en todo caso que hagamos referencia a ellos en algunas explicaciones o afirmaciones para que quede constancia que nuestro análisis no nos lo sacamos de la manga, sino que está reflejado en la legislación aplicable.

Las oposiciones a judicatura son verdaderamente horribles. Una cosa es saberse a la perfección toda la Parte General del CP, y otra muy distinta conocer todos y cada uno de los artículos a la perfección de la Parte Especial. Eso es una locura. Y mucho más cuando nos topamos con la LECrim... te puedes volver completamente loco. Pero en cuestiones de oposición ya sabemos que un alto porcentaje de los estudios están encamidados a hacer de "regla de corte". Nada nuevo bajo el sol.

Y CHINO, para un iusnaturalista convencido como yo, el conocimiento exhaustivo del derecho positivo puede solucionarte alguna cuestión formal o procedimental en los juicios civiles y penales, pero donde realmente demuestras tu brillantez jurídica es en la comprensión del Derecho y en la interpretación adecuada a la equidad. Siempre he sido contrario a las interpretaciones excesivamente formalistas y a la excesiva incidencia del positivismo. Y todo esto no es que lo saque de la manga, sencillamente cabe remitirse al artículo 3.1 del CC (uno de los artículos que conozco bien) o a la Doctrina Penal.

PD: Todo ello sin perjuicio de lo comentado en el primer párrafo. Hay que conocerse la Ley, pero en un sentido menos formalista.
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