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| Dirección General de Tráfico: Nuevas Multas y de + |
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| FatAlbert:
--- Cita de: >>- Dj SuSi --> en 25/11/09, 20:27:20 pm --- * Ya no se penalizará por aparcar en el carril bus o circular sin alumbrado --- Fin de la cita --- A buenas horas xd |
| darkgabber:
--- Cita de: dj chettos en 10/12/09, 22:54:11 pm --- --- Cita de: darkgabber en 10/12/09, 19:20:50 pm ---He leido por internet que ya no es necesario llevar los papeles de la moto. Que basta con el carnet de conducir. ¿Es cierto? Porque los perdí y la verdad he leído que hacer un duplicado cuesta 18€ y pico y encima has de pasar la ITV que cuesta unos 20 euros. Hace cosa de un par de meses o 3 tuve un accidente de moto y me pidieron los papeles. La sorpresa fue que no los tenía en el box, pero dije que yo era el titular y todo el papeleo se puedo hacer comprobándolo ellos por radio y ningún problema. Hasta día de hoy he ido sin los papeles de la moto, solo llevo carnet de conducir y el del seguro (este no es obligatorio me lo han confirmado). Pero dudo que tarden mucho en no pararme por estos barrios y paso de mutlas. Así que si alguien sabe si por huevos tengo que llevarlos le agradecería que me lo dijese xD --- Fin de la cita --- yo nose quien te comfirmo eso del seguro pero no es cierto, de echo no es cierto nada de lo que preguntas para conducir se necesita, el carnet, seguro, ficha tecnica etc, etc otra cosa es que las fuerzas de seguridad del estado dispongan de medios para comprobar si realemente dispones de carnet y seguro, entre otras cosas por que el no llevar la documentacion es una sancion administrativa y el echo de tener carnet o seguro es un delito penal, por eso si no llevas los papeles llaman y comprueban. tampoco digo que si no los llevas te multen siempre depende de con que urbano te cruces. --- Fin de la cita --- http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_prensa/notaprensa102.pdf |
| Rubi_9:
--- Cita de: FatAlbert en 10/12/09, 23:02:20 pm --- --- Cita de: >>- Dj SuSi --> en 25/11/09, 20:27:20 pm --- * Ya no se penalizará por aparcar en el carril bus o circular sin alumbrado --- Fin de la cita --- A buenas horas xd --- Fin de la cita --- 120 putos euros por estacionar (ni 20 segundos) en un carril bus, SON UNOS JODIDOS LADRONES, ESTOY ARTO! en vez de tocarnos tanto la poya ke vayan a x los k van dando el palo o la van liando x ahi.. Estoy indignado xD |
| dj chettos:
--- Cita de: darkgabber en 10/12/09, 23:22:22 pm --- --- Cita de: dj chettos en 10/12/09, 22:54:11 pm --- --- Cita de: darkgabber en 10/12/09, 19:20:50 pm ---He leido por internet que ya no es necesario llevar los papeles de la moto. Que basta con el carnet de conducir. ¿Es cierto? Porque los perdí y la verdad he leído que hacer un duplicado cuesta 18€ y pico y encima has de pasar la ITV que cuesta unos 20 euros. Hace cosa de un par de meses o 3 tuve un accidente de moto y me pidieron los papeles. La sorpresa fue que no los tenía en el box, pero dije que yo era el titular y todo el papeleo se puedo hacer comprobándolo ellos por radio y ningún problema. Hasta día de hoy he ido sin los papeles de la moto, solo llevo carnet de conducir y el del seguro (este no es obligatorio me lo han confirmado). Pero dudo que tarden mucho en no pararme por estos barrios y paso de mutlas. Así que si alguien sabe si por huevos tengo que llevarlos le agradecería que me lo dijese xD --- Fin de la cita --- yo nose quien te comfirmo eso del seguro pero no es cierto, de echo no es cierto nada de lo que preguntas para conducir se necesita, el carnet, seguro, ficha tecnica etc, etc otra cosa es que las fuerzas de seguridad del estado dispongan de medios para comprobar si realemente dispones de carnet y seguro, entre otras cosas por que el no llevar la documentacion es una sancion administrativa y el echo de tener carnet o seguro es un delito penal, por eso si no llevas los papeles llaman y comprueban. tampoco digo que si no los llevas te multen siempre depende de con que urbano te cruces. --- Fin de la cita --- http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_prensa/notaprensa102.pdf --- Fin de la cita --- bueno entonces eso lo an puesto para asegurarse que no se comen un seguro falso jajaja de todas maneras no el resto de papeles si que se tienen que llevar |
| Yoyo Sg:
Aparcar en el carril bus o no llevar luces no supondrán pérdida de puntos El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la nueva Ley de Tráfico, que reduce el catálogo de conductas por las que pueden perderse puntos y simplifica el procedimiento sancionador, algunos de cuyos efectos -los que supongan beneficios para el infractor- entrarán mañana en vigor. La nueva Ley de Tráfico actualiza el permiso de conducir por puntos y reduce de 27 a 20 los supuestos que ocasionan pérdida de puntos, por lo que desde mañana mismo los procedimientos sancionadores abiertos por conductas que antes suponían perder puntos y ahora no, serán archivados. Se suprime, por ejemplo, la pérdida de puntos por estacionar en el carril bus o por no llevar el alumbrado reglamentario, por lo que aquellos conductores que tienen abierto un expediente por una de estas causas ya no perderán sus puntos, aunque se mantendrá la sanción económica. Alcoholemia LO MEJOR DE TODO: Si te pillan con menos de 0'50 NO se retira el carnet temporamente por 1 ó 2 meses como antiguamente, si lo supera sí! Sólamente retirada de 4 ó 6 puntos! Amnistía para las antiguas infracciones La nueva ley también supondrá que el conductor que en el momento de la entrada en vigor de la misma esté cumpliendo -por ejemplo- una sanción de suspensión temporal del permiso por un mes por una conducta que ya no es sancionada podrá conducir sin problemas desde mañana. No obstante, a quien ya se le hayan retirado los puntos de forma firme por conductas que ahora no acarrean esa sanción no le serán devueltos. El resto de las medidas que contempla la nueva Ley de Tráfico, y que no suponen efectos favorables para los infractores, entrarán en vigor dentro de seis meses o un año, según los casos, tal y como establece la norma en una de sus disposiciones finales. Autorización para usar un vehículo Uno de los objetivos principales de la ley es "singularizar y definir una serie de deberes para el titular del vehículo implicándolo de un modo activo en la responsabilidad de su circulación". En ese sentido, se establece la obligación del titular de un vehículo, que no es el conductor habitual del mismo, de conocer no sólo quién hace uso del coche en cada momento, sino también si cuenta con la autorización necesaria para conducirlo, así como el deber de comunicar a la administración quién conducía dicho vehículo cuando se detecta que ha cometido una infracción. El nuevo procedimiento sancionador de tráfico establece también una nueva forma de tramitar las sanciones para agilizar los "tiempos" en la notificación de las multas, que se podrá hacer por correo electrónico. Velocidad en Autopistas Ahora hasta 150 no quitan puntos! (En autopista de 120) Solamente multa de 100 € Descuentos por pronto pago Si el infractor abona la multa en menos de 20 días tras la notificación se beneficiará de un descuento del 50%, aunque, eso sí, perderá el derecho a recurrirla. El conductor también podrá pagar la sanción en el momento con tarjeta de crédito. La nueva ley establece además que el total del dinero recaudado por multas deberá destinarse a políticas de seguridad vial y una parte se donará a las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico. (Fíate tu de esto último¬¬') |
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